Anteriormente, cuando un jefe o jefa de familia registraba a un cónyuge del mismo sexo el sistema estadístico - que procesa los datos - leía esa información como “una inconsistencia”, es decir, como un error. En este nuevo censo ese parámetro fue modificado y de ahora en más se registrarán a todas las parejas sin importar su composición.
De esta forma, no sólo podremos saber cuántas parejas están constituidas por gays o lesbianas sino que también podremos conocer cuántas de ellas conviven con sus hijos e hijas. Así se logrará información sobre otras variables sociales, económicas, educativas y ambientales. Estos datos le permitirán al Estado Argentino y a las organizaciones de la sociedad civil planificar y llevar adelante políticas públicas que contemplen a nuestra comunidad.
Por eso es importante que en este censo todas las familias visibilicemos nuestros vínculos de pareja y los vínculos con nuestros hijos e hijas. Para el censo no existe diferencia si estos vínculos tienen o no tienen reconocimiento legal.
Las personas trans (travestis, transexuales y transgenero) serán censadas respetando su nombre y género, indicando el sexo que deseen sin importar la información que figure en el documento.
Lo que hay que saber para censarse
· El censo registrará parejas que componen un grupo familiar y sus hijos e hijas. Sin embargo, el cuestionario no incluye ninguna pregunta sobre la orientación sexual ya que esa no es la función de ningún censo poblacional.
· Los datos del censo son confidenciales, anónimos según lo determina la Ley de Estadística Nro. 17622/68. Esto significa que de ninguna forma se difundirán los datos personales ni familiares.
· Una persona adulta deberá responder a las preguntas en calidad de “jefe” o “jefa” de hogar. Es una elección de las personas que conforman la vivienda.
· El Censo no registra apellidos. Sólo registra nombres. Los censistas siempre relevan la información que les provee el/la jefe/a de hogar. No puede solicitar ningún documento para constatar esa información.
· El Censo no diferencia entre los vínculos que están legalmente constituidos de los que no, para el censo no es relevante si las parejas están casadas o no, ni sí los hijos están legalmente reconocidos por ambas madres o padres.
· La pregunta 4 de la sección “Viviendas” registra a los integrantes del hogar. En ese espacio los/as censistas completan los nombres de quienes viven en esa vivienda.
· La pregunta 1 de la sección “población” indaga sobre el vínculo que une a las personas que conviven en ese hogar con el/la jefe/a de hogar. Allí las parejas de hecho o los matrimonios igualitarios serán registrados como tales.
· Las personas trans (travestis, transexuales y transgenero) serán registradas respetando su nombre y género. También pueden indicar sexo femenino o masculino según su expresión de género. Como explicábamos anteriormente en el censo no se solicita el documento de identidad a ningún ciudadano/a, nos interesa respetar la identidad y/o expresión de género de todas las personas.
¡En este CENSO
La Hoja Informativa puede descargarse en http://www.portalsida.org/repos/CENSO%202010%20Diversidad%20para%20100%20y%20Lesmadres%20_1_1.pdf
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