viernes, 22 de octubre de 2010

CENSO 2010: Nuestras Familias También Cuentan



Los hogares compuestos por parejas de lesbianas, gays, trans y sus hijos también seremos protagonistas del censo del bicentenario que se realizará el próximo miércoles 27 de octubre, que será feriado nacional. Esta decisión sin precedentes en la historia de los censos en la Argentina permitirá que cuando el jefe o la jefa de familia indique tener un cónyuge o una pareja de su mismo sexo sea registrado como tal.

Anteriormente, cuando un jefe o jefa de familia registraba a un cónyuge del mismo sexo el sistema estadístico - que procesa los datos - leía esa información como “una inconsistencia”, es decir, como un error. En este nuevo censo ese parámetro fue modificado y de ahora en más se registrarán a todas las parejas sin importar su composición.

De esta forma, no sólo podremos saber cuántas parejas están constituidas por gays o lesbianas sino que también podremos conocer cuántas de ellas conviven con sus hijos e hijas. Así se logrará información sobre otras variables sociales, económicas, educativas y ambientales. Estos datos le permitirán al Estado Argentino y a las organizaciones de la sociedad civil planificar y llevar adelante políticas públicas que contemplen a nuestra comunidad.

Por eso es importante que en este censo todas las familias visibilicemos nuestros vínculos de pareja y los vínculos con nuestros hijos e hijas. Para el censo no existe diferencia si estos vínculos tienen o no tienen reconocimiento legal.

Las personas trans (travestis, transexuales y transgenero) serán censadas respetando su nombre y género, indicando el sexo que deseen sin importar la información que figure en el documento.


Lo que hay que saber para censarse

· El censo registrará parejas que componen un grupo familiar y sus hijos e hijas. Sin embargo, el cuestionario no incluye ninguna pregunta sobre la orientación sexual ya que esa no es la función de ningún censo poblacional.

· Los datos del censo son confidenciales, anónimos según lo determina la Ley de Estadística Nro. 17622/68. Esto significa que de ninguna forma se difundirán los datos personales ni familiares.

· Una persona adulta deberá responder a las preguntas en calidad de “jefe” o “jefa” de hogar. Es una elección de las personas que conforman la vivienda.

· El Censo no registra apellidos. Sólo registra nombres. Los censistas siempre relevan la información que les provee el/la jefe/a de hogar. No puede solicitar ningún documento para constatar esa información.

· El Censo no diferencia entre los vínculos que están legalmente constituidos de los que no, para el censo no es relevante si las parejas están casadas o no, ni sí los hijos están legalmente reconocidos por ambas madres o padres.

· La pregunta 4 de la sección “Viviendas” registra a los integrantes del hogar. En ese espacio los/as censistas completan los nombres de quienes viven en esa vivienda.

· La pregunta 1 de la sección “población” indaga sobre el vínculo que une a las personas que conviven en ese hogar con el/la jefe/a de hogar. Allí las parejas de hecho o los matrimonios igualitarios serán registrados como tales.

· Las personas trans (travestis, transexuales y transgenero) serán registradas respetando su nombre y género. También pueden indicar sexo femenino o masculino según su expresión de género. Como explicábamos anteriormente en el censo no se solicita el documento de identidad a ningún ciudadano/a, nos interesa respetar la identidad y/o expresión de género de todas las personas.

¡En este CENSO la Argentina tiene mucho para contar!




La Hoja Informativa puede descargarse en http://www.portalsida.org/repos/CENSO%202010%20Diversidad%20para%20100%20y%20Lesmadres%20_1_1.pdf

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